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miércoles, 4 de noviembre de 2009

REFORMA DE LA JUSTICIA. ¿Y AHORA QUÉ?

En el Boletín Oficial del Estado se han publicado las reformas procesales necesarias para la implantación de la nueva oficina judicial.
La Ley Orgánica del Poder Judicial entra en vigor mañana mismo y por tanto los efectos perniciosos de la reforma del artículo 521 ya son aplicables.
Acaso esta reforma ¿beneficiará al servicio público?, alguien cree que el ciudadano recibirá un mejor servicio, desde Justicia y Progreso estamos convencidos de que NO.
Con esta reforma los funcionarios quedamos vendidos a las Comunidades Autónomas, presagio de lo que puede venir después, y por mucha reforma de Reglamentos que se haga la pérdida es irreparable. En Justicia y Progreso creemos que habría que haberse luchado por exigir la modificación de la LOPJ en los términos en que estaba establecida previamente.
Ahora nos preguntamos, ¿hasta cuando tendremos que esperar para ver materializado el famoso acuerdo y publicada la reforma del Reglamento de Provisión?.

Puedes acceder a su contenido a continuación:

5 comentarios:

El Abuelo dijo...

Es increíble cómo nos van a joder, y total, para no mejorar el servicio, sino, por el contrario, para ir exactamente en contra de lo que necesita esta Administración en lo que se refiere al personal: No que se le pueda destinar en cualquier tipo de destino en cualquier momento, sino que no podamos trabajar en aquéllos destinos en que nos hayamos especializado previamente (por experiencia, por pruebas selectivas, titulación o como se considere conveniente).

Y, ojo, esta dirección que debería haber tomado esta Administración hace muchos años para detener de una vez la mala calidad del trabajo que desarrollamos muchos, tendría que haber tenido la contrapartida que nunca se ha ofrecido por los sindicatos de ceder en el supuesto derecho adquirido de poder pedir en concurso de traslado en absolutamente cualquier tipo de destino, lo que absurdo, y, por supuesto, como mucha más razón, que los interinos de las corresponeidentes bolsas puedan ser nombrados igualmente para cualquier tipo de centro de trabajo, lo que ya clama al cielo.

El Abuelo dijo...

Fe de erratas: Cuando digo "sino que no podamos trabajar en aquéllos destinos en que nos hayamos especializado previamente", quería decir "en que NO nos hayamos (...)".

Anónimo dijo...

Enhorabuena al colectivo de Secretaios judiciales.
Sin ruido mediático han sido los grandes beneficiados de esta reforma.
El Técnico superior de la administración toma las riendas de la oficina judicial. Gran mentira por todos conocida, seguirá siendo el juez quien resuelva en caso de duda o interpretación de derecho y queda la "firma" protocolaria de las coleccioneslegislativas de las aplicaciones informáticas, no sin dejar asegurada su firma electrónica que protega su labor fedataria y les aleje de las ingratas jornadas de sala de vistas, y de los registros telemáticos de medidas cautelares.
Se cobra por hacer su trabajo real, léase estádística, registro de guardias, cuentas judiciales, sustitucion de compañeros en vistas, etc, etc.
Pronto se verá, salvo honrosas excepciones se encierran en sus despachos ajenos a la carga de trabajo real que permanecerá en las oficinas, y de las resoluciones que continuará en la mesa de los magistrados.
El pago a todos estos privilegios, y se verá la agenda de señalamientos y la reordenacion de efectivos a discreccion de la administracion competente de turno.
El tiempo lo dirá.

the boss dijo...

Pues a mi me da la impresión que finalmente el cuerpo a extinguir será el de Secretarios tal y como lo conocemos. Me da la impresión de que les están dando cuerda para que se ahorquen.
Recuerdo que hace años un alto cargo ministerial les dio 10 años de vida (lo dijo en el 2004), con lo lenta que la Justicia, igual son 15, pero me da que tenía mucha razón.
Me da la impresión que en los Juzgados se va a declarar la guerra y va a haber de todo menos buen rollo.
Vamos a necesitar unos representantes bien preparados. Habrá que elegir para las juntas de personal a gente preparada.
Tiempo al tiempo.

Anónimo dijo...

Si todo esto está provocando mucho ruido, no os quiero decir lo que va a pasar como el Tribunal Constitucional diga sí, que lo va a hacer, al Estatuto de Catalunya. Para más informacion, leer el capitulo dedicado al poder judicial y las competencias que se otorgan a la Generalitat.

Por otra parte los sindicatos todavia no se han enterado que con quién hay que negociar todo esto es con las comunidades autonomas, no con el Ministerio, pues serán ellas las que via reglamentaria desarrollen la LOPJ y establezcanlos centros de destino, y las formas de ocupación, dentro del marco establecido en la propia LOPJ, no del Reglamento de Ingreso del Ministerio.

El Ministerio se adelantó a las CC.AA estableciendo via reglamentaria lo que competía hacer a las comunidades transferidas, pero ya éstas le han matizado que la postestad reglamentaria la tienen ellas igual que el Ministerio en su territorio, y que el Ministerio se ocupe de su casa y deje la de los demás.

¿Crees que el acuerdo con los Sindicatos recupera los derechos perdidos en la reforma del artículo 521 de la LOPJ?

¿Estas de acuerdo con el mantenimiento de los Cuerpos Nacionales?