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jueves, 22 de enero de 2009

LA DESJUDICIALIZACIÓN DEL REGISTRO CIVIL

Dentro de las pretensiones de los Jueces está la desjudicialización de los Registros Civiles. Os hacemos llegar nuestra valoración del tema.
Pensamos que es mucho más profundo de lo que algunos entienden.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Modestamente, creo que la solución para los Registros Civiles es simplemente encargárselos, mediante la correspondiente modificación de la LRC, a los Secretarios Judiciales. En el Registro Civil no existe la jurisdicción, son expedientes administrativos, que tienen su decisión final en la DGRN. Resulta chocante que las decisiones de un Juez Encargado sean revisadas por un Organo Administrativo como la DGRN. Lo lógico sería agotar la vía administrativa y que al final se recurriera a la Judicatura (contencioso) cuando no se esté de acuerdo con la resulución final del procedimiento advo. que ponga la DGRN. No hace falta sacar a nadie de la Administración de Justicia, ni tan siquiera a los Juzgados de Paz, aunque puede que algunos de sus componentes estuvieran encantados con pasar a depender de los Ayuntamientos, que muchas veces tienen mejores condiciones económicas y de trabajo.

¿Crees que el acuerdo con los Sindicatos recupera los derechos perdidos en la reforma del artículo 521 de la LOPJ?

¿Estas de acuerdo con el mantenimiento de los Cuerpos Nacionales?