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jueves, 9 de octubre de 2008

EL DIRECTOR GRAL DE LA ADMON. DE JUSTICIA QUE PERTENECE A LA CARRERA JUDICIAL, ESTABLECE UNA NUEVA “FUNCIÓN” PARA UN CUERPO DE LA ADMON DE JUSTICIA

Desde JyP, tenemos que denunciar de forma contundente lo que está sucediendo en el ámbito de la Administración de Justicia, que nos parece de una gravedad extrema, máxime cuando una Autoridad Administrativa ordena mediante una Resolución, la imposición de una disfunción, a nuestro juicio, alegal, como es lo siguiente:

UNA FUNCIONARIA DEL CUERPO DE TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA, SEGÚN EL MINISTERIO DE JUSTICIA, DEBE RECIBIR ELLA SOLA LAS DENUNCIAS QUE SE FORMULEN EN EL JUZGADO DE GUARDIA, SIN LA PRESENCIA DEL JUEZ NI DEL SECRETARIO

Cuando algunos hipócritas critican las conductas de otros, sin ver lo que ellos mismos hacen, y ante los desafueros que se cometen en la Administración de Justicia, y que se dicen llenos de errores, y que es el Consejo General del Poder Judicial el responsable, desde aquí se tiene que decir que no, que es el propio Ministerio de Justicia el que comete eso que llama cadena de errores, y que una de las argollas más grandes es él.

Una funcionaria recurre el que se le imponga la función de recibir las denuncias que se formulen en el Juzgado de Guardia sin la presencia del Juez ni del Secretario, y el Ministerio de Justicia, dice en su resolución:

FUNDAMENTOS DE DERECHO:



PRIMERO. Tras calificar de "insólitas" las órdenes impartidas por la Secretaria Judicial, la recurrente viene a señalar que "no tiene conocimientos jurídicos necesarios y suficientes para catalogar la orden que se le da, sobre todo en lo relativo a que recoja las denuncias verbales, sin la asistenca de la Secretaria y sin que asista tampoco la Juez". Considera finalmente que tal cometido no le corresponde en tanto que funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Y tras escribir sobre lo insólito de lo que la funcionara recurre, termina confirmando el Acuerdo de la Secretaria “por ser ajustado a derecho” (sic).

Cada vez se hace más preciso la implantación de las RPTS, con la asignación de las funciones que le corresponden a cada uno hacer en su puesto de trabajo, pero….no quieren o no conviene, y los motivos ya se expresan en algunas sentencias judiciales.

Justicia y Progreso, una Asociación sin mordaza.

3 comentarios:

Anónimo dijo...

Nunca ví a un Juez o Secretario estar presente en la recogida de una denuncia, en la vida, y llevo 15 años y soy Agente Judicial.
Yo tambien he recogido muchas.
Ahora les damos un impreso a los justiciables y que se las rellenen ellos, si se equivocan se equivocan ellos, no nosotros.
¿Quien las recoge los domingos por ejemplo en juzgados que no son de 24 horas?
No hay ni el gato en el juzgado, solo un funcionario del cuerpo que le toque ese domingo.
Y con las licencias de enterramiento firmadas, puedes enterrar a quien tu quieras.
Y encima se cobra una mierda en los juzgados que no son de 24 horas.

Anónimo dijo...

Aparte de unos cuantos años de funcionario también soy usuario de la justícia, he realizado 3 denuncias en el juzgado de guardia y he rellenado el impreso o la he presentado por escrito. Me la han sellado y ya está. No ha salido ni el Juez ni el Secretario, creo que no es preceptiva su intervención en la interposición de una denuncia.

JUSTICIA Y PROGRESO dijo...

Estimado anónimo, el supuesto en el que tu has sido parte "y he rellenado el impreso o la he presentado por escrito" nada tiene que ver con el hecho denunciado, nosotros y el Director General habla de recoger "denuncias verbales", en este supuesto, y como tu lectura habrá sido un lapsus no habrá que recordarte que según reiterada jurisprudencia el denunciante es un testigo cualificado y como tal hay que tratarle, con lo que conlleva el que su denuncia sea recogida del modo y forma de las declaraciones para testigos, y en este caso no te vamos a ti a enseñar como se recibe la declaración de un testigo y las personas que intervienen, e incluso la participación que le dice la LECriminal que tiene que tener el Juez. De todas formas te comentamos que el hecho se encuentra ya en un TSJ y formalizada la demanda contra la resolución que adoptó el acuerdo denunciado. No te podemos contestar más pues ya sabes las dificultades que existen, incluso en la Ley, para contestar a los anónimos, de todas forma recibe un cordial saludo de los componente de JyP

¿Crees que el acuerdo con los Sindicatos recupera los derechos perdidos en la reforma del artículo 521 de la LOPJ?

¿Estas de acuerdo con el mantenimiento de los Cuerpos Nacionales?