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lunes, 24 de noviembre de 2008

DIAS DE ASUNTOS PARTICULARES. ZONA MINISTERIO.

Todos los años, por estas fechas, nos asalta a todos la duda sobre los días de permiso por asuntos particulares que nos corresponden a cada uno y hasta cuando los podemos pedir, por lo que, a continuación, pasamos a recordarlo (afecta a territorio ministerio, hay territorios transferidos que mejora lo que aquí se incluye):

9 DÍAS DE ASUNTOS PARTICULARES,
Y EL 24 Y 31 DE DICIEMBRE NO SON LABORABLES


ADEMAS TENEMOS:

• 2 días más cuando se cumple el sexto trienio.
• 1 día más cuando se cumple el octavo trienio.
• 1 día más cuando se cumple el noveno y así uno más por cada nuevo trienio.

Los días de asuntos particulares se podrán disfrutar hasta el 31 de diciembre del año en curso, pero ATENCIÓN: solo si por necesidades del servicio se hubieran denegado en las fechas ordinarias, se podrán disfrutar hasta el 31 de enero del año siguiente (Artículo Undécimo de la RESOLUCIÓN de 14 de septiembre de 2005, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se aprueba el calendario laboral para el personal de la Administración de Justicia, radicado en el ámbito gestionado por el Ministerio de Justicia).

Los días de vacaciones, únicamente podrán disfrutarse hasta el día 15 de Enero.

En ambos casos, la solicitud se deberá dirigir a la Gerencia antes de finalizar el año en curso y con tiempo suficiente para que en caso de no obtener respuesta se entiendan concedidos por silencio administrativo positivo.

DESCUENTOS EN NOMINA POR LA HUELGA

En la nómina del mes de Noviembre, los días que se descuentan como consecuencia de la pasada huelga, son: 25, 26, 27 y 28 de Marzo. Y, el resto de días que faltan para finalizar los descuentos (31 de Marzo, 1, 2, 3 y 4 de Abril), se descontarán en la nómina de Diciembre, es decir, “la de la paga extra”.

Justicia y Progreso una asociación sin mordaza.




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